SUBVENCION DE LA DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA A LA CONTRATACION DE DESEMPLEADOS DE LARGA DURACION

ENTRADA EN VIGOR: 31 marzo de 2015.

OBJETO:Es objeto del presente Decreto establecer y regular las ayudas que el Departamento de Promoción Económica de la Diputación Foral de Bizkaia podrá conceder para apoyar la contratación de personas desempleadas de larga duración de Bizkaia.

ENTIDADES BENEFICIARIAS
Las empresas de Bizkaia, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios y empresarias individuales y profesionales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las Asociaciones, Fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro, del Territorio Histórico de Bizkaia.

ACCIONES SUBVENCIONABLES
Serán subvencionables los contratos de trabajo de al menos 6 meses de duración formalizados con personas desempleadas de larga duración.
A efectos del Decreto persona desempleada de larga duración es aquella que acredite desempleo de manera ininterrumpida por un periodo mínimo de 12 meses anteriores a la formalización del contrato.
El contrato de trabajo ha de ser del tipo contrato indefinido, contrato fijo discontinuo, o un contrato de duración determinada de mínimo seis meses. Se excluyen los contratos en los que no figure la duración mínima de seis meses.
Los contratos de trabajo deberán ser a jornada completa o a jornada parcial, siempre que ésta represente un mínimo del 50% de la jornada completa habitual establecida.
No podrán realizarse dos solicitudes de subvención con la misma persona trabajadora por dos contratos. No se subvencionarán dos contratos de seis meses con la misma persona trabajadora, ni uno de seis y otro de doce meses. Así mismo serán subvencionables los gastos de formación externos y/o internos de adaptación al puesto de trabajo de las personas contratadas. En el caso de gastos internos se incluirán exclusivamente sueldos y cargas sociales.Se subvencionarán los contratos formalizados entre el 1 de noviembre de 2014 y el 30 de septiembre de 2015.

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